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Cuando un cónyuge se encuentra en una situación matrimonial, porque el vínculo contraído anteriormente se rompió, y éste no tiene la posibilidad de una reconciliación; piense cuidadosamente si su caso puede encuadrar en las causales de nulidad matrimonial que establece la Iglesia.

Cualquiera de los cónyuges pueden pedir al Tribunal Eclesiástico competente, sea estudiado su caso, para que determine si hay posibles causales de nulidad matrimonial.

En primer lugar puede dialogar con su párroco, con un sacerdote cercano, o una persona idónea en esta materia, para pedir un consejo u orientación en este sentido.

Cuando el cónyuge acude al Tribunal Eclesiástico, allí se le asesora y si existen causales, se le pide elaborar por escrito una demanda pidiendo al Tribunal, sea estudiado en el proceso.

Se debe tener en cuenta que una vez que el Tribunal Eclesiástico haya admitido la demanda, entrará en contacto con el otro cónyuge, que se llama “El Demandado” y lo invita a participar en el proceso.

Si la persona decide no participar, se priva el Tribunal de su valiosa información, pero el Tribunal no puede obligar a la gente a que testifique contra su propia voluntad; por otra parte, debe dictar sentencia con base en los hechos y las pruebas que efectivamente se han aportado al caso. La causa por consiguiente continuará su curso.

Si la parte actora desconoce el lugar de residencia del demandado, es necesario las notificaciones, por medio de un edicto. Los cónyuges tienen el derecho de acudir al Tribunal Eclesiástico competente para que el matrimonio que ha fracasado sea analizado para una posible declaración de nulidad matrimonial.